TRAMITES PARA REALIZAR LA ESCRITURA PUBLICA DE UNA COMPRAVENTA DE INMUEBLE
El Notario es un funcionario público, con profesión de Abogado, al cual se le es investido de fe pública, y tiene facultades para que en su protocolo consten los actos y hechos jurídicos. En este caso mencionaremos la importancia de formalizar la compraventa de inmuebles por medio de la escritura pública.
A continuación, presento una síntesis de lo relativo a la tramitación Notarial, relacionada con la actividad inmobiliaria en una operación de Compra venta.
(a).- Escritura de la propiedad realizada ante Notario publico, o emitida por algún juez, pero debidamente inscrito ante el Registro Publico de la Propiedad y del Comercio de la localidad de que se trate, verificando a que tipo de régimen de propiedad corresponde, ya sea Particular, Copropiedad, Condominio o Tiempo Compartido, y que cuente con el Folio de Derechos Reales debidamente acreditado en el mismo Instrumento Publico.
(b).- Identificación oficial del propietario (a) Vendedor (a), verificando en la escritura, la personalidad que lo acredita como dueño (a), ya sea de manera individual, en la copropiedad, por Sociedad Conyugal, en cuyo caso deberán acreditarlo con el acta de Matrimonio correspondiente, o por representación legal con Poder Notarial; Personal o de alguna organización empresarial, publica o privada, etc. Verificando en este ultimo caso, que el poder Notarial no sea apócrifo y que a esta fecha, dicho poder no haya sido revocado.
(C).- Copia preferentemente de la última boleta del pago Predial de la Propiedad, para verificar en esta, el número de cuenta catastral y el nombre del propietario, para realizar alguno de los trámites mencionados en el punto 1.- anterior.
(D).- Después del termino que el mismo Notario defina y confirme, le entregara a la parte compradora El Primer Testimonio de la Escritura Original, de la compra efectuada, debidamente inscrita en el Registro Publico de la Propiedad y del Comercio, estando legalmente obligado el Notario, a entregar también los originales o mínimo fotocopia de los comprobantes oficiales de pago de impuestos como; ISAI, ISR, IVA, o cualquier otro que haya cobrado o retenido el Notario, habiendo otorgado en la fecha de la firma de Escritura, solo recibos provisionales sujetos a comprobación con los Originales.
Por esta razón, es de suma importancia consultar al Notario de su preferencia antes de realizar cualquier contrato de compraventa de un inmueble o realice algún pago en anticipo, para que el Notario revise los documentos tanto de la propiedad como del vendedor y comprador, de esta manera asesore jurídicamente a las partes en tiempo y forma.
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Hola buenas tardes el valuador, ustedes lo mandan o se contrta independiente??? Para le venta de un terreno